26.06.2023

Feliz día a los/as trabajadores/as estatales nacionales!

Saludamos en su día a todos los trabajadores/as de organismos nacionales. Nuestro más sincero reconocimiento a su labor diaria.
Cabe recordar que la Ley 26.876 establece el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la Administración Pública Nacional, en los que no se prestarán tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
 
Se conmemora por la fecha en que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1978, adoptó el Convenio Nº 151 y la Recomendación Nº 159 vinculados al derecho a la negociación colectiva y las relaciones de trabajo en la administración pública.
 
En el año 1992, tras varios años de lucha, se  logró la ratificación del Convenio 151, con una Ley impulsada por nuestro Germán Abdala, entonces Secretario General de ATE Capital y Diputado Nacional, quien impulsó la creación de la Ley que conocemos como ‘Ley Abdala’, por la cual se establece la instrumentación de Convenciones Colectivas para la Administración Pública Nacional, en el texto de la Ley 24.185
 
Ley 26.876
Sancionada: Julio 3 de 2013
Promulgada: Agosto 1 de 2013

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase en todo el territorio de la Nación el día 27 de junio de cada año como el “Día del Trabajador del Estado”.
ARTICULO 2º — Establécese el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la administración pública nacional, en los que no se prestarán tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
ARTICULO 3º — Invítase a las provincias y municipios de toda la República a instaurar el 27 de junio como día de descanso en las respectivas administraciones públicas, con los efectos dispuestos en el artículo 2º de la presente.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Copyright © 2024 • • Todos los derechos reservados