NIUNAMENOS: nueva movilización por el Día de la No Violencia contra las Mujeres
Hoy de 18 a 20 hs en la Plaza 25 de Mayo nos movilizaremos para conmemorar el Día Internacional de la NO Violencia Contra la Mujer.
El 25 de noviembre es el Día Internacional de la NO Violencia Contra la Mujer, fecha que recuerda el asesinato de las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal, a manos de militares de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo en la República Dominicana.
Porque entendemos que una sociedad que no se planta frente a la violencia de género es una sociedad cómplice que mina las posibilidades de construir relaciones sociales igualitarias la mesa “ #NIUNAMENOS- De la Foto a la Acción Santa Fe” convoca nuevamente a movilizarse en la plaza 25 de Mayo el 25 de noviembre de 18 hs. a 20 hs.
La Mesa “#NIUNAMENOS SANTA FE -de la foto a la acción- ", es un espacio transversal constituido por organizaciones feministas, académicas, sindicales, agrupaciones políticas y organismos de gestión con responsabilidades dentro de distintos niveles del Estado.
El 3 de junio pasado, gran parte de la sociedad se movilizó clamando por #NIUNAMENOS, el crimen de Chiara fue el detonante de una violencia machista que no cesa y que se cobra la vida de una mujer cada treinta horas.
Las integrantes de la mesa consideramos una herramienta de empoderamiento político el plexo normativo que se ha venido configurando en los últimos años con numerosas leyes que reconocen, garantizan y protegen los derechos de las mujeres en nuestro país.
Asimismo, entendemos que uno de los principales pasos para avanzar en el efectivo cumplimiento de las leyes es el reconocimiento de estos derechos por un Estado presente que interprete y acompañe los reclamos de la sociedad civil. Además, consideramos fundamental la construcción de redes solidarias desde la sociedad civil que generen nuevas resistencias, denuncias y obtención de más derechos.
Para demandar:
. Reconocimiento político de la mujer y apropiación de la perspectiva de género por parte del poder judicial . Las mujeres no somos un colectivo minoritario, somos la mitad de la población y debemos contar con una justicia que nos atienda integralmente.
Instrumentación en su totalidad y con la asignación presupuestaria acorde a la ley 26.485 de Protección para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Puesta en marcha del Plan Nacional que allí se establece
Desarrollar y agilizar el Observatorio y/o el Registro Único de Víctimas de Violencia a nivel nacional y provincial, que incluyan estadísticas de femicidios.
Garantizar y profundizar la Educación Sexual Integral en todos los niveles educativos.
Cuerpo de Patrocinio Jurídico Gratuito de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia contra las Mujeres. Celebramos su creación y bregamos por su pronta implementación junto con la conformación de fiscalías capacitadas.
Garantizar la protección de las víctimas de violencia. Implementar el monitoreo de los agresores para cerciorar las medidas de distancias. Mayores presupuestos en todos los niveles del Estado (nacional, provinciales y municipales)
Reivindicamos el protocolo nacional de Interrupción Legal del Embarazo y reclamamos ni una muerta más por abortos clandestinos. A nivel Local:
Aplicación de la ley provincial 13348 (que adhiere a la nacional 26.485) en los casos de violencia contra las mujeres en ámbitos familiares.
Funcionamiento de las defensorías barriales (zonales) con personal capacitado e idóneo en perspectiva de género atiendan casos de violencia
Nombramiento de profesionales médicas forenses, para la atención de mujeres
Efectivización de la licencia por violencia contra las mujeres para todas las trabajadoras tanto en ámbitos públicos y como privados.
Ni un paso atrás:
Nómina de algunas de las leyes fundamentales a nivel nacional y provincial que organizan el plexo normativo para la promoción y defensa de los derechos de las mujeres.
Ley 23.179, aprobación de la CEDAW.
Ley 24.012 de Cupo Femenino (1991).
Decreto 2.385/93 sobre Acoso Sexual en la Administración Pública Nacional.
Decreto 1.246/2000, reglamentario de la Ley 24.012 de Cupo Femenino.
Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar (1994).
Decreto 235/96, reglamentario de la Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar.
Ley 24.632 de Aprobación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará (1994).
Ley 24.828 de Incorporación de las Amas de Casa al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (1995).
Decreto 1.363/97 — Igualdad de Trato entre Agentes de la Administración Pública Nacional.
Decreto 254/98 — Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral.
Ley 25.013, Capítulo II, artículo 11. Reforma Laboral: Introducción de la Figura de Despido Discriminatorio por Razón de Raza, Sexo o Religión (1998).
Ley 25.087 — Delitos contra la Integridad Sexual. Código Penal. Modificación (1998).
Ley 25.239, Título XVIII. Régimen Especial Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (1999).
Decreto 485/2000, reglamentario de la Ley 25.239, Título XVIII. Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.
Decreto 290/2001, modificatorio del Decreto 485/2000. Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.
Ley 25.250, Título I, Artículos 2 y 3. Reforma Laboral: Estímulo al Empleo Estable: Incorporación de Dos Incentivos para el Empleo de Mujeres (2000).
Ley 25.543 de Test Diagnóstico del Virus de Inmunodeficiencia Humana a toda Mujer Embarazada (2001).
Ley 25.584 de “Prohibición en establecimientos de educación pública de acciones que impidan el inicio o continuidad del ciclo escolar a alumnas embarazadas o madres en período de lactancia” (2002).
Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (2002).
Decreto 1.282/2003, reglamentario de la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
Declaración de Repudio a medida cautelar contra Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
Ley 25.674 de Participación Femenina en las Unidades de Negociación Colectiva de las Condiciones Laborales (Cupo Sindical Femenino).
Decreto 514/2003, reglamentario de la Ley 25.674 de Participación Femenina en las Unidades de Negociación Colectiva de las Condiciones Laborales (Cupo Sindical Femenino).
Ley 25.808 de Modificación del Artículo 1 de la Ley 25.584, “Prohibición en establecimientos de educación pública de acciones que impidan el inicio o continuidad del ciclo escolar a alumnas embarazadas o madres en período de lactancia”.
Ley 25.929 de Derechos de Padres e Hijos durante el Proceso de Nacimiento. Declaración de Interés del Sistema Nacional de Información Mujer por parte del Senado de la Nación.
Declaración de Interés del Sistema Nacional de Información Mujer por parte del Senado de la Nación.
Ley 26.130 — Régimen para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica, Ligadura de Trompas y Vasectomía.
Ley 26.150 del Programa Nacional de Educación Sexual Integral.
Ley 26.171 de Ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (2008).
Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas (2008).
Ley 26.618. Código Civil. Matrimonio Civil. Su modificación. (Es decir, matrimonio igualitario).
Ley 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” (2009).
Decreto 1.011/2010, reglamentario de la Ley 26.485.
Violencia contra las mujeres: Ley 26.485 que aborda de manera integral la violencia hacia las mujeres por motivos de género. Su título es “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales”. En esta línea, la nueva ley marca una fuerte diferencia con su predecesora, la Ley 24.417, promulgada en diciembre de 1994, a la que no deroga sino que completa y modifica en los puntos pertinentes. Puede verse la diferente concepción de ambas leyes, que da cuenta del cambio de paradigma ocurrido en el enfoque de la violencia hacia las mujeres
Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (2010).
Ley 26.862 de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico asistenciales de reproducción medicamente asistida. (2013)
Firman:
Multisectorial de mujeres – CTA Santa Fe – AMSAFE – ATE – Asociación de Prensa – INADI – MUP – Jóvenes para la Victoria – Partido Comunista - Radio comunitaria FM Chalet – Mujeres para la victoria – Frente Transversal – MOB – SADOP – Militancia para la Victoria – FM Cultura – Generar – Radio Nacional Santa Fe-Asociación Bancaria.
Porque entendemos que una sociedad que no se planta frente a la violencia de género es una sociedad cómplice que mina las posibilidades de construir relaciones sociales igualitarias la mesa “ #NIUNAMENOS- De la Foto a la Acción Santa Fe” convoca nuevamente a movilizarse en la plaza 25 de Mayo el 25 de noviembre de 18 hs. a 20 hs.
La Mesa “#NIUNAMENOS SANTA FE -de la foto a la acción- ", es un espacio transversal constituido por organizaciones feministas, académicas, sindicales, agrupaciones políticas y organismos de gestión con responsabilidades dentro de distintos niveles del Estado.
El 3 de junio pasado, gran parte de la sociedad se movilizó clamando por #NIUNAMENOS, el crimen de Chiara fue el detonante de una violencia machista que no cesa y que se cobra la vida de una mujer cada treinta horas.
Las integrantes de la mesa consideramos una herramienta de empoderamiento político el plexo normativo que se ha venido configurando en los últimos años con numerosas leyes que reconocen, garantizan y protegen los derechos de las mujeres en nuestro país.
Asimismo, entendemos que uno de los principales pasos para avanzar en el efectivo cumplimiento de las leyes es el reconocimiento de estos derechos por un Estado presente que interprete y acompañe los reclamos de la sociedad civil. Además, consideramos fundamental la construcción de redes solidarias desde la sociedad civil que generen nuevas resistencias, denuncias y obtención de más derechos.
Para demandar:
. Reconocimiento político de la mujer y apropiación de la perspectiva de género por parte del poder judicial . Las mujeres no somos un colectivo minoritario, somos la mitad de la población y debemos contar con una justicia que nos atienda integralmente.
Instrumentación en su totalidad y con la asignación presupuestaria acorde a la ley 26.485 de Protección para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Puesta en marcha del Plan Nacional que allí se establece
Desarrollar y agilizar el Observatorio y/o el Registro Único de Víctimas de Violencia a nivel nacional y provincial, que incluyan estadísticas de femicidios.
Garantizar y profundizar la Educación Sexual Integral en todos los niveles educativos.
Cuerpo de Patrocinio Jurídico Gratuito de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia contra las Mujeres. Celebramos su creación y bregamos por su pronta implementación junto con la conformación de fiscalías capacitadas.
Garantizar la protección de las víctimas de violencia. Implementar el monitoreo de los agresores para cerciorar las medidas de distancias. Mayores presupuestos en todos los niveles del Estado (nacional, provinciales y municipales)
Reivindicamos el protocolo nacional de Interrupción Legal del Embarazo y reclamamos ni una muerta más por abortos clandestinos. A nivel Local:
Aplicación de la ley provincial 13348 (que adhiere a la nacional 26.485) en los casos de violencia contra las mujeres en ámbitos familiares.
Funcionamiento de las defensorías barriales (zonales) con personal capacitado e idóneo en perspectiva de género atiendan casos de violencia
Nombramiento de profesionales médicas forenses, para la atención de mujeres
Efectivización de la licencia por violencia contra las mujeres para todas las trabajadoras tanto en ámbitos públicos y como privados.
Ni un paso atrás:
Nómina de algunas de las leyes fundamentales a nivel nacional y provincial que organizan el plexo normativo para la promoción y defensa de los derechos de las mujeres.
Ley 23.179, aprobación de la CEDAW.
Ley 24.012 de Cupo Femenino (1991).
Decreto 2.385/93 sobre Acoso Sexual en la Administración Pública Nacional.
Decreto 1.246/2000, reglamentario de la Ley 24.012 de Cupo Femenino.
Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar (1994).
Decreto 235/96, reglamentario de la Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar.
Ley 24.632 de Aprobación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará (1994).
Ley 24.828 de Incorporación de las Amas de Casa al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (1995).
Decreto 1.363/97 — Igualdad de Trato entre Agentes de la Administración Pública Nacional.
Decreto 254/98 — Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral.
Ley 25.013, Capítulo II, artículo 11. Reforma Laboral: Introducción de la Figura de Despido Discriminatorio por Razón de Raza, Sexo o Religión (1998).
Ley 25.087 — Delitos contra la Integridad Sexual. Código Penal. Modificación (1998).
Ley 25.239, Título XVIII. Régimen Especial Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (1999).
Decreto 485/2000, reglamentario de la Ley 25.239, Título XVIII. Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.
Decreto 290/2001, modificatorio del Decreto 485/2000. Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.
Ley 25.250, Título I, Artículos 2 y 3. Reforma Laboral: Estímulo al Empleo Estable: Incorporación de Dos Incentivos para el Empleo de Mujeres (2000).
Ley 25.543 de Test Diagnóstico del Virus de Inmunodeficiencia Humana a toda Mujer Embarazada (2001).
Ley 25.584 de “Prohibición en establecimientos de educación pública de acciones que impidan el inicio o continuidad del ciclo escolar a alumnas embarazadas o madres en período de lactancia” (2002).
Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable (2002).
Decreto 1.282/2003, reglamentario de la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
Declaración de Repudio a medida cautelar contra Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.
Ley 25.674 de Participación Femenina en las Unidades de Negociación Colectiva de las Condiciones Laborales (Cupo Sindical Femenino).
Decreto 514/2003, reglamentario de la Ley 25.674 de Participación Femenina en las Unidades de Negociación Colectiva de las Condiciones Laborales (Cupo Sindical Femenino).
Ley 25.808 de Modificación del Artículo 1 de la Ley 25.584, “Prohibición en establecimientos de educación pública de acciones que impidan el inicio o continuidad del ciclo escolar a alumnas embarazadas o madres en período de lactancia”.
Ley 25.929 de Derechos de Padres e Hijos durante el Proceso de Nacimiento. Declaración de Interés del Sistema Nacional de Información Mujer por parte del Senado de la Nación.
Declaración de Interés del Sistema Nacional de Información Mujer por parte del Senado de la Nación.
Ley 26.130 — Régimen para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgica, Ligadura de Trompas y Vasectomía.
Ley 26.150 del Programa Nacional de Educación Sexual Integral.
Ley 26.171 de Ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (2008).
Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas (2008).
Ley 26.618. Código Civil. Matrimonio Civil. Su modificación. (Es decir, matrimonio igualitario).
Ley 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” (2009).
Decreto 1.011/2010, reglamentario de la Ley 26.485.
Violencia contra las mujeres: Ley 26.485 que aborda de manera integral la violencia hacia las mujeres por motivos de género. Su título es “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales”. En esta línea, la nueva ley marca una fuerte diferencia con su predecesora, la Ley 24.417, promulgada en diciembre de 1994, a la que no deroga sino que completa y modifica en los puntos pertinentes. Puede verse la diferente concepción de ambas leyes, que da cuenta del cambio de paradigma ocurrido en el enfoque de la violencia hacia las mujeres
Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (2010).
Ley 26.862 de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico asistenciales de reproducción medicamente asistida. (2013)
Firman:
Multisectorial de mujeres – CTA Santa Fe – AMSAFE – ATE – Asociación de Prensa – INADI – MUP – Jóvenes para la Victoria – Partido Comunista - Radio comunitaria FM Chalet – Mujeres para la victoria – Frente Transversal – MOB – SADOP – Militancia para la Victoria – FM Cultura – Generar – Radio Nacional Santa Fe-Asociación Bancaria.