01.09.2023

Nuevo Sub Agrupamiento para Choferes

Un logro paritario construido entre todos/as. Se reunió la Comisión Paritaria Técnica para dar tratamiento al Nuevo Sub Agrupamiento de Choferes. Después de muchísimos años de postergaciones y falta de reconocimientos, por primera vez se identifican las funciones de Choferes en el Escalafón.
El pasado jueves 31 de Agosto se reunió la Comisión Paritaria Técnica para dar tratamiento al Nuevo Sub Agrupamiento de Choferes.

Luego de un largo debate e intercambio se acordó una propuesta para el análisis del conjunto de los/as trabajadores/as que se vienen desempeñando como Choferes.

De este modo, se establece una sustancial mejora en la carrera Administrativa, pudiendo los/as choferes alcanzar la categoría 6 (seis). En la actualidad solo pueden llegar a la 3 (tres). Esto permitirá crear en las estructuras de cada Jurisdicción y dependencias los cargos de Sub Jefe (categoría 5) y Jefe (categoría 6) para ser asignados por Subrogancias o por Concursos.

Otro avance es el relacionado con la promoción automática. Se podrá llegar a la categoría 4 (cuatro) a los 20 años de servicio.

Por otra parte, el reintegro de los gastos para la obtención o renovación del carnet profesional, es otro de los avances logrados.

Con respecto al Suplemento que perciben los Choferes de Funcionarios/as se establecieron menos años para la percepción de la garantía en caso de dejar de cumplir dicha función, percibiendo el 100% de dicho Suplemento con más de 12 años de desempeño.

Desde el CDP de ATE se considera un logro para el Sector. Después de muchísimos años de postergaciones y falta de reconocimientos, por primera vez se identifican las funciones de Choferes en el Escalafón, paso necesario para dar continuidad a otras mejoras.

De aceptarse la propuesta, la próxima semana se firmará el Acta Paritaria y en el transcurso del mes comenzará a entrar en vigencia.

En representación de ATE participaron Desiré Gigena, Ricardo Vivas, Eduardo Vázquez, Sergio Tirelli y Marcelo Delfor.




-----------------------------

NUEVO SUB AGRUPAMIENTO DE CHOFERES


Carrera Administrativa hasta la Categoría 6
El Subagrupamiento Choferes comprenderá al personal que revista en Categorías 1 a 6 y desarrolle tareas vinculadas con la conducción de vehículos oficiales, según la siguiente escala:
- Chofer Inicial: Se incluirán a los agentes que ejecuten las tareas propias del presente subagrupamiento, en relación de dependencia con las jerarquías superiores. Se extenderá de la categoría uno (1) inicial hasta la tres (3) inclusive.
- Chofer Mayor: Se incluirán a los agentes que cumplan funciones de mayor responsabilidad sobre las tareas encomendadas al chofer inicial. Corresponderá a la categoría cuatro (4).
- Subjefe y Jefe de Áreas Chofer: abarca a los agentes que cumplen funciones de planeamiento y organización de las tareas del personal de este subagrupamiento. Comprende las siguientes categorías: Categoría 5 – Subjefe de Área Chofer. Categoría 6 - Jefe de Área Chofer.

Promoción Automática hasta la categoría 4
Nuevo régimen de promoción automática según el siguiente detalle:
-  de la Categoría uno (1) a la dos (2), transcurridos cinco (5) años de cumplimiento efectivo de las funciones de chofer.
 - de la Categoría dos (2) a la tres (3) transcurridos diez (10) años de cumplimiento efectivo de las funciones chofer.
-  de la Categoría tres (3) a la cuatro (4) a los 20 años de cumplimiento efectivo de las funciones de chofer.

De acuerdo a lo establecido en el articulo 8vo del Decreto Acuerdo 2695/83, las promociones automáticas de los agentes involucrados, se harán efectivas desde el 1° de enero del año 2024, para lo cual cada jurisdicción deberá arbitrar las medidas pertinentes a tal fin.

Reintegro del costo del Carnet Profesional
Se propone establecer el reintegro del costo de los gravámenes de obtención y/o renovación de la licencia de conducir “profesional” -que sea condición necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

Menos años de Garantía para percibir el Suplemento “Choferes de Funcionarios” en caso de modificar la situación de revista
- Con 3 (tres) años de desempeño de las funciones, el 25 % del Suplemento.
- De 4 (cuatro) a 7 (siete) años de desempeño de las funciones, el 50 % del Suplemento.
- De 8 (ocho) a 11 (once) años de desempeño de las funciones, el 75 % del Suplemento.
- Más de 12 (doce) años de desempeño de las funciones, el 100% del Suplemento

Copyright © 2024 • • Todos los derechos reservados