23.08.2021

ATE solicitó la ampliación de las licencias por Maternidad-Paternidad y personas no gestantes

Desde ATE Santa Fe solicitamos a la Paritaria Central, la ampliación licencias por Maternidad-Paternidad y personas no gestantes que ejercen la corresponsabilidad parental. Conocé más sobre la propuesta y sumate firmando el petitorio. 
ATE solicitó la ampliación de las licencias por Maternidad-Paternidad y a personas no gestantes que ejercen la corresponsabilidad parental en el ámbito de la Paritaria Central 2021, tomando como base el proyecto de ley que tiene media sanción de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe.

Es de vital importancia incorporar a la normativa actual un enfoque con perspectiva de igualdad de género adecuándose a las transformaciones sociales y a los principios y garantías previstos en la legislación de protección de los derechos humanos.

Visibilizar situaciones de desigualdad que permanecían ocultas, arraigadas a una matriz patriarcal de nuestra sociedad en particular, en las tareas de cuidado y crianza de hijos e hijas. Promoción de la igualdad de género mediante la corresponsabilidad, la garantía de derechos para todas las personas sin distinción de orientaciones sexuales e identidades genéricas y la inexistencia de distinciones por el origen del vínculo de filiación.

La propuesta presentada por ATE en Paritarias con principios y objetivos en materia de igualdad de género y diversidad:
(actualización y avances sobre el Decreto 1919/89. Régimen de licencias, Justificaciones y Franquicias)

Licencia por nacimiento: Trabajadora gestante goza de licencia de 3 meses posteriores al parto. La persona trabajadora NO gestante goza de una licencia de 30 días posteriores al parto. Nacimiento Múltiple se extiende a 6 meses

Licencia Parental: Trabajadora y trabajador licencia de 150 días continuos contados a partir de finalizado licencia por nacimiento o adopción. Se concede indistintamente a solo 1 de ellos/as

Licencia prenatal 45 días: Opción de reducción a 30 días y acumulación de los 15 días a la licencia por maternidad. Nacimiento pretérmino se acumula con la licencia por maternidad.

Licencia por adopción: Trabajador y Trabajadora licencia de 30 días en guarda con fines adoptivos. Pluralidad de guardadores 30 días en forma alternada o conjunta.

Licencia por gestiones y encuentros vinculados con fines de adopción: Licencia de 15 días a la trabajadora y trabajador

Licencia por tratamiento con técnicas de reproducción médicamente asistida: Licencia de 15 días a favor de la trabajadora y trabajador

Licencia por nacimiento de niña o niño con discapacidad o requerimientos de cuidados especiales: Trabajadores y Trabajadoras. Licencia desde la fecha de vencimiento de la licencia por nacimiento hasta el año de edad. Total 9 meses.

Adopción de niña o niño con discapacidad o requerimientos especiales: Trabajadores y Trabajadoras. Licencia desde la fecha de vencimiento de la licencia por adopción de 30 días hasta el año de edad del niño o niña o 1 año desde el otorgamiento de la guarda con fines de adopción.

Permiso de lactancia o alimentación: Se instrumenta la Lactancia articial, indistintamente a sólo uno de los progenitores, guardadores y/o tutores.

Permiso por adaptación escolar: Trabajador y Trabajadora 3 horas diarias durante 5 días corridos por adaptación hijo o hija nivel inicial, preescolar y primer año educación primaria.

Licencia especial detección precoz cáncer cuello útero y mamas: 1 día.


 
Por una Crianza compartida y Cuidados como responsabilidad de todos y todas.

Más Igualdad, más derechos


Sumate a la propuesta de ATE. Firmá el petitorio aquí

Copyright © 2024 • • Todos los derechos reservados