TITULARIZACIÓN DE ASISTENTES ESCOLARES REEMPLAZANTES DE LARGA DURACIÓN
CREACIÓN DE CARGOS DIFERENTES DEFINITIVOS.
AGRUPAMIENTO ASISTENTES ESCOLARES
A partir de la sanción de la Ley Nº 13.197 se establece en el Capítulo I la creación de Cargos Diferentes Definitivos para el personal que se encuentra en el Estatuto General del Personal de la Administración Pública, el cual incluye al Agrupamiento Asistentes Escolares. Para dar cumplimiento a lo indicado el Ministerio de Educación llevará adelante el procedimiento correspondiente según las pautas establecidas por la Secretaría de Recursos Humanos y Función Pública a través de la Disposición 002/12, los puntos importantes se detallan a continuación:
¿Cómo se realizará la designación en los Cargos Diferentes Definitivos?
Luego de la aprobación del Decreto de creación, el Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Recursos Humanos notificará a los Establecimientos Educativos la designación correspondiente.
¿Qué destino tendrán los Cargos liberados por los Asistentes Escolares en Tareas Diferentes Definitivas ocupados por reemplazantes?
Los cargos se declararán vacantes y serán ocupados por los reemplazantes que tuvieren derechos a titularización según la reglamentación de aplicación que corresponda.
¿Es necesario que el Asistente Escolar reemplazante con derecho a titularizar
presente documentación para su designación en el cargo vacante?
Si es necesario, como en cualquier proceso de titularización será notificado por la Dirección General de Recursos Humanos para la presentación de la documentación correspondiente.